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Así será la nueva tarifa del ISR para el 2026

  • Karina Carrizales
  • 15 dic 2025
  • 4 Min. de lectura

El 27 de noviembre de 2025, la Fiscalía publicó el estudio de Gustavo Leal Cueva titulado “¿Cómo quedará la Tarifa de ISR para 2026?”, en el cual se analiza la actualización de la tarifa del Impuesto sobre la Renta (ISR) aplicable a personas físicas. Dicha actualización considera la inflación acumulada desde diciembre de 2022 hasta noviembre de 2025.


Posteriormente, el 9 de diciembre de 2025 se dio a conocer el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) correspondiente al mes de noviembre, con lo que ya se cuenta con la información necesaria para realizar el ajuste oficial de la tarifa de ISR que estará vigente en 2026.


Actualización

El mecanismo de actualización de la tarifa, establecido en el Artículo 152 de la Ley del ISR establece, a la letra:

(…) se aplicará el factor de actualización que resulte de dividir el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes inmediato anterior al más reciente del periodo, entre el Índice Nacional de Precios al Consumidor correspondiente al último mes que se utilizó en el cálculo de la última actualización. Dicha actualización entrará en vigor a partir del 1 de enero del ejercicio siguiente en el que se haya presentado el mencionado incremento.


La última actualización de estas tarifas fue hasta noviembre de 2022, por lo que debe partirse del INPC de ese mes, y hasta el INPC de noviembre de 2025, como se indica a continuación:

INPC Nov-2025

142.645

INPC Nov-2022

125.997

Factor de actualización

1.1321

Tarifas

Con este factor de actualización, resultan las siguientes tarifas anual y mensual para el año 2026 que se indican a continuación, aclarando que es importante esperar a conocer las oficiales publicadas por la autoridad en el Diario Oficial de la Federación, puesto que las cifras pueden variar por centavos. Para la tarifa mensual se incluye la tarifa del Subsidio al Empleo, en el entendido de que esas cantidades no son sujetas de actualización por disposición de Ley.


ANUAL TARIFAS 2025

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

% sobre excedente del límite inferior

0.01

8,952.49

1.92

8,952.50

75,984.55

171.88

6.40

75,984.56

133,536.07

4,461.94

10.88

133,536.08

155,229.80

10,723.55

16.00

155,229.81

185,852.57

14,194.54

17.92

185,852.58

374,837.88

19,682.13

21.36

374,837.89

590,795.99

60,049.40

23.52

590,796.00

1,127,926.84

110,842.74

30.00

1,127,926.85

1,503,902.46

271,981.99

32.00

1,503,902.47

4,511,707.37

392,294.17

34.00

4,511,707.38

En adelante

1,414,947.85

35.00

TARIFAS 2026

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

% sobre excedente del límite inferior

0.01

10,135.12

1.92

10,135.13

86,022.11

194.59

6.40

86,022.12

151,176.19

5,051.36

10.88

151,176.20

175,735.66

12,140.12

16.00

175,735.67

210,403.70

16,069.64

17.92

210,403.71

424,353.97

22,282.15

21.36

424,353.98

668,840.14

67,981.92

23.52

668,840.15

1,276,925.98

125,485.07

30.00

1,276,925.99

1,702,567.98

307,910.82

32.00

1,702,567.99

5,107,703.91

444,116.25

34.00

5,107,703.92

En adelante

1,601,862.47

35.00


MENSUAL


TARIFA MENSUAL 2025

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

% sobre excedente del límite inferior

0.01

746.04

1.92

746.05

6,332.05

14.32

6.40

6,332.06

11,128.01

371.83

10.88

11,128.02

12,935.82

893.63

16.00

12,935.83

15,487.71

1,182.88

17.92

15,487.72

31,236.49

1,640.18

21.36

31,236.50

49,233.00

5,004.12

23.52

49,233.01

93,993.90

9,236.89

30.00

93,993.91

125,325.20

22,665.17

32.00

125,325.21

375,975.61

32,691.18

34.00

375,975.62

En adelante

117,912.32

35.00

TARIFA MENSUAL 2026

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

% sobre excedente del límite inferior

0.01

844.59

1.92

844.60

7,168.52

16.22

6.40

7,168.53

12,598.02

420.95

10.88

12,598.03

14,644.64

1,011.68

16.00

14,644.65

17,533.64

1,339.13

17.92

17,533.65

35,362.83

1,856.84

21.36

35,362.84

55,736.68

5,665.15

23.52

55,736.69

106,410.50

10,457.08

30.00

106,410.51

141,880.66

25,659.22

32.00

141,880.67

425,641.99

37,009.67

34.00

425,642.00

En adelante

133,488.52

35.00



Reducción de impuestos

Como se aborda con profundidad por Leal Cueva en el estudio referido al inicio del presente, el efecto de la actualización de la tarifa es el de reducción del impuesto. Para ilustrar este efecto se muestran los resultados de la comparación del ISR causado para diversos niveles de ingresos, a nivel mensual, calculados conforme a la tarifa vigente en 2025 contra la vigente en 2026. Cabe aclarar que, para este ejercicio se considera que el Subsidio al Empleo vigente en 2025 será actualizado para 2026 en aproximadamete 14%, pero aún no se conocen los términos en que esto se hará, por lo que es una mera estimación.

Ingreso mensual

Impuesto con tabla vigente

Impuesto con tabla actualizada

Diferencia

Variación porcentual

3,000

- 316.07

- 320.48

4.41

1.40%

6,000

- 124.07

- 128.48

4.41

3.56%

12,000

1,033.15

946.61

86.54

8.38%

24,000

3,458.40

3,238.05

220.35

6.37%

48,000

8,946.90

8,637.41

309.48

3.46%

96,000

23,307.12

22,536.07

771.05

3.31%

192,000

55,360.61

54,050.24

1,310.37

2.37%

384,000

120,720.85

119,330.24

1,390.61

1.15%

768,000

255,120.85

253,313.82

1,807.03

0.71%

Como puede apreciarse, el impuesto, para algunos rangos, puede disminuir hasta en un 8%.

El impacto mayor se registra en los rangos medios de la tarifa, mientras en que en los extremos de ingresos bajos y altos el efecto es más reducido.


Consideraciones

Estas tarifas pueden utilizarse temporalmente para realizar cálculos de impuestos al inicio de 2026 en la medida en que las tarifas oficiales no se den a conocer, pero debido a que las oficiales pueden variar en cuestión de centavos con respecto a las calculadas por Fiscalia, se sugiere que, tan pronto se den a conocer las oficiales, sean estas últimas las que se utilicen por los patrones.

 
 
 

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