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Prorrogaría IMSS plazos de subcontratación ante reforma del Congreso

A través de un comunicado de prensa fechado el 23 de julio de 2020, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) señala que el Consejo Técnico del IMSS autorizó como facilidad administrativa prorrogar los plazos de 90 días naturales establecidos en los artículos Quinto, Sexto y Séptimo Transitorios del Decreto de reforma en materia de subcontratación laboral, sujeto a que la entrada en vigor actual sea prorrogada mediante reforma del Congreso.


Lo anterior, en virtud de la Iniciativa para reformar el Decreto en materia de subcontratación laboral, con el propósito de ampliar plazos, publicada en la Gaceta LXIV/3SPR-21/119360 del Senado de la República el pasado 21 de julio.


Es importante resaltar que el IMSS no está dando prórroga para la entrada en vigor de las nuevas obligaciones, sino que está expresando que, en caso de que la prórroga sea concedida a través del Congreso, entonces el IMSS prorrogará los plazos señalados.

A continuación se transcribe el comunicado de referencia.


Prórroga de plazos en materia de subcontratación
El H. Consejo Técnico prorrogó los plazos para el  cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social según el  Decreto en materia de subcontratación laboral del 23 de abril del  presente año.

En sesión ordinaria del día de hoy, el H. Consejo  Técnico del IMSS autorizó como facilidad administrativa prorrogar los  plazos de 90 días naturales establecidos en los artículos Quinto, Sexto y  Séptimo Transitorios del “Decreto por el que se reforman, adicionan y  derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo; de la Ley  del Seguro Social; de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la  Vivienda para los Trabajadores; del Código Fiscal de la Federación; de  la Ley del Impuesto Sobre la Renta; de la Ley del Impuesto al Valor  Agregado; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado,  reglamentaria del apartado B) del artículo 123 Constitucional; de la Ley  Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del artículo 123  de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia  de Subcontratación Laboral” (Decreto en materia de subcontratación  laboral; DOF; 23/04/21).

La autorización del Consejo responde al proceso  legislativo en curso en el seno del Congreso en torno a la Iniciativa  para reformar el Decreto en materia de subcontratación laboral, con el  propósito de ampliar plazos, publicada en la Gaceta LXIV/3SPR-21/119360  del Senado de la República el pasado 21 de julio.

Por lo que al IMSS concierne, los plazos de 90 días  naturales establecidos en los artículos Quinto, Sexto y Séptimo  Transitorios el Decreto en materia de subcontratación laboral se  prorrogan hasta en tanto se apruebe y entre en vigor, por medio de un  nuevo decreto que el Ejecutivo Federal emita para tal efecto, la  ampliación planteada en dicha iniciativa o aquella que el Congreso de la  Unión resuelva aprobar finalmente.

La decisión del Consejo Técnico del IMSS permite  salvaguardar derechos de los trabajadores y de sus familias, así como  apoyar a patrones o sujetos obligados en el cumplimiento de sus  obligaciones en materia de seguridad social.

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