A partir del 1 de septiembre de 2021 queda derogada la obligación tanto para personas físicas como para personas morales de retener el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a una tasa del 6% sobre el valor de la contraprestación, por aquellos servicios en los que se ponga personal a disposición del contratante.
Esta derogación conlleva una serie de complicaciones en la práctica que no serán de fácil solución.
Diversos análisis han sido publicados por Fiscalia en torno a esta problemática, mismas que pueden ser consultadas a continuación:
Ante prórroga de outsourcing ¿Qué sucede con la retención de 6% de IVA?
Factura con 6% de IVA retenido pagada después de julio ¿Se debe refacturar?
¿Actualmente retienes 6% de IVA? Lo estarías haciendo sobre un servicio ilegal
¿Retuviste 6% de IVA? SAT considerará que recibiste outsourcing
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